Por Miguel Ángel Cordero Álvarez Ciudad de México, 29 de abril de 2021.— Alejandro Armenta Mier presentó una iniciativa para sancionar a qu...
Por Miguel Ángel Cordero Álvarez
Ciudad de México, 29 de abril de 2021.— Alejandro Armenta Mier presentó una iniciativa para sancionar a quienes, teniendo la posibilidad y obligación de hacerlo, nieguen cuidados básicos a niñas, niños, personas con discapacidad, mujeres embarazadas o adultos mayores incapaces de valerse por sí mismos.
El núcleo del planteamiento es el siguiente: la iniciativa adiciona el artículo 335 Bis del Código Penal Federal y modifica diversos apartados de la Ley de Asistencia Social para ampliar la protección de grupos en condición de dependencia o desamparo.
Cuando la falta de cuidados derive de pobreza u otras imposibilidades reales, el proyecto ordena recurrir a los mecanismos de asistencia social en lugar de tratar el caso únicamente como una conducta penal.
El proyecto distingue entre alejarse físicamente de una persona y omitir de manera cotidiana los cuidados que necesita, conducta que puede causar daños graves aunque el responsable permanezca en el mismo domicilio.
La protección abarcaría a menores de edad, personas con discapacidad, mujeres durante el embarazo y adultos mayores que no puedan cuidarse por sí mismos, además de población en situación de calle o abandono.
El proyecto fue turnado a las comisiones competentes para revisar su redacción penal, la proporcionalidad de las medidas y las obligaciones presupuestarias que implicaría para el sistema de asistencia social.
El planteamiento busca que la protección de las personas vulnerables combine responsabilidad de los cuidadores, intervención temprana y servicios públicos capaces de evitar un mayor daño.
Fuentes: Gaceta del Senado de la República e iniciativa de adición del artículo 335 Bis del Código Penal Federal y reformas a la Ley de Asistencia Social, 29 de abril de 2021.
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